¿En qué consiste la servidumbre de paso?

¿En qué consiste la servidumbre de paso?

La servidumbre es una figura jurídica que podemos ubicar en el artículo 1035° del Código Civil, donde se define como el gravamen que sufre un predio sirviente en beneficio de otro llamado dominante. Este concepto otorga al propietario del predio dominante el derecho a usar el predio sirviente o a impedir que el propietario de este último ejerza ciertos derechos inherentes a la propiedad, tales como usar, disfrutar, disponer o reivindicar el bien. En esencia, la servidumbre impone una limitación a la libertad del propietario del predio sirviente, ya que su propiedad, que en principio debería ser libre de cargas y gravámenes, se ve afectada por esta obligación.

Clasificación de la Servidumbre

Dentro de la doctrina, encontramos diversas clasificaciones de servidumbres, entre las cuales destacan las siguientes:

  1. Voluntarias y Legales: Las servidumbres pueden ser establecidas por la voluntad de las partes involucradas (voluntarias) o impuestas por la ley (legales).
  2. Positivas y Negativas: Una servidumbre es positiva cuando permite al propietario del predio dominante realizar una actividad en el predio sirviente, y negativa cuando prohíbe al propietario del predio sirviente realizar ciertas actividades.
  3. Continuas y Discontinuas: Las servidumbres continuas son aquellas cuyo ejercicio es constante y no requiere de la intervención del hombre, como una tubería subterránea. Las discontinuas, en cambio, necesitan la acción humana para su ejercicio, como un derecho de paso.
  4. Aparentes y No Aparentes: Las servidumbres aparentes son visibles o notorias, como un camino, mientras que las no aparentes no lo son, como un cable subterráneo.

La Servidumbre de Paso

Una de las servidumbres más comunes es la servidumbre de paso, que, según el maestro Pacheco en su obra «Tratado de Derecho Civil», se entiende como el «derecho de senda o pasaje por heredad ajena a la propia, del mismo modo que la servidumbre urbana de tránsito». En otras palabras, se trata del derecho que tiene el propietario de un predio o titular de otro derecho real sobre él para pasar o transitar por un predio ajeno. Este derecho es particularmente relevante en áreas rurales, donde los predios pueden estar separados por terrenos de terceros.

Evolución Histórica

En el derecho romano, la servidumbre de paso se dividía en tres categorías:

  1. Iter: Derecho de ir y volver a pie o a caballo.
  2. Actus: Derecho de hacer lo anterior, además de conducir ganado y carruajes.
  3. Vía: Incluía las dos anteriores y cualquier otra forma de paso que no perjudicara los frutos del predio sirviente.

Aunque el Código Civil vigente ya no regula estas divisiones, en el derecho moderno se reconoce el derecho de paso para personas, animales de carga y vehículos, abarcando de manera implícita las tres categorías del derecho romano.

Características de la Servidumbre

Las servidumbres poseen ciertas características fundamentales:

  • Derecho Real: Es un derecho real, cuyo titular es el propietario del predio dominante.
  • Recae sobre un Predio Ajeno: La servidumbre se establece a favor de una persona distinta al propietario del predio sirviente, con la excepción del artículo 1048 del Código Civil.
  • Utilidad para el Predio Dominante: Brinda una utilidad y/o ventaja al predio dominante.
  • Perpetuidad: Es perpetua, ya que subsiste independientemente de quién sea el propietario del predio.
  • Carácter Predial: Sólo pueden constituirse sobre predios.

Conclusión

La servidumbre es una institución jurídica que limita ciertos derechos de la propiedad privada en beneficio de otra, estableciendo un balance entre las necesidades de diferentes propietarios. Su estudio y correcta aplicación son fundamentales para garantizar una convivencia armónica y el respeto de los derechos de todos los involucrados.